El juez ha condenado a 5 años de prisión la mujer que mató la prima a cuchilladas en el Pont de Vilomara (Bages), en 2020. El magistrado propone sustituir la pena por la expulsión del país ¿Por qué considerará eso? no tiene arraigo en españa y que no necesita internamente psiquiátrico. La sentencia la condena por un delito de homicidio con una circunstancia eximente incompleta de Alteración psíquica. La semana pasada, el juez justificado que Quedará en libertad provisional con la prohibición de acercarse a menos de 1.000 metros de los hijos de la víctima e indemnizarlos con 74.391 euros uno de ellos, y con 136.305, el otro. Una decisión que la última dos acusaciones particulares recurrieron al considerar que era una “temeridad“. Un jurado popular la declaró también culpable de homicidio.
La condenada segura ningún registro durante el juicio en la Audiencia de Barcelona con jurado popular de abril. El julio del 2020 ya ingresó en un centro penitenciario con tratamiento psiquiátrico y ya habría cumplido la mitad de la condena.
El jurado popular la declaró culpable de homicidio al considerar que había quedado probada que la mujer vivia en casa de la victima y que fue responsable de su muerte después de asestarle 45 cuchilladas en diferentes partes del cuerpo. Aun así, consideró que en aquella época la acusada presentaba varios trastornos mentales. Por eso no vi alevosía ni ensañamiento en la muerte de su familiar. A pesar de todo, el jurado popular no descartó “la posibilidad que tuviera momentos de conciencia” y por tanto, cerraban la puerta a una suspensión de la pena.
Ahora la sentencia concluye que la mujer sufría trastornos psicóticoscon síntomas de preocupación psicomotora, desorientación temporal y espacial, ansiedad, confusión y paranoia de la persecución.
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La acusación particular pidieron una condena de 9 años y 364 días de prisión mientras que la defensa pidió la absolución. A raíz de la decisión del juez de dejarla en lanzamiento provisional semana pasadalas evidencias particulares también aparecieron recurso de súplica contra la decisión y, de momento, están pendientes de la resolución.
La sentencia no es firme.. Según ha avanzado a la ACN el abogado de una de las sospechas particulares, Sergi Roca, ambas acusar particulares requieren recurso de apelación al TSJC. El motivo es que ven contradicciones entre el que concluyó el jurado popular y la sentencia en referencia en el estado psicológico de la condenada. Asimismo, considerando que la pena de 5 años de prisión es excesivamente baja, y valoran positivamente la sustitución de la pena por la expulsión, tal como e introdujeron a las conclusiones definitivas.
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