¿Qué pasa si no presenta la declaración de Renta antes de que acabe el plazo?

este 30 de junio acaba el plazo para presentar la declaración de la Renta Vitalicia. Aquellos que no lo han hecho tienen este viernes una última oportunidad de presentar el borrador, aunque solo podra hacerlo por internet ya que se ha cerrado el plazo para pedir cita para realizar la declaración por teléfono o presencial.

Deben presentar la declaración de la Renta todas aquellas personas que, con un pagador, hayan ingresado colgante el ejercicio 2022, al menos, 22.000 euros o, teniendo dos pagadores, llegar un mínimo de 14.000.

Para todos los contribuyentes, presentar la declaración es una obligación. De no cumplirla se enfrentará a una multa. Los criterios para imponer isas sanciones dependen de si es el contribuyente quien se ha dado cuenta de que no ha presentado la declaración y la ejecuta voluntariamente fuera de plazo o si es Hacienda quien avisa. No obstante, la sanción se aplicará de igual manera sea por un error involuntario o por una acción premeditada.

Las sanciones por presentar la declaración fuera de plazo

Si la declaración venta a pagar y Hacienda no tiene ningún requerimiento, el contribuyente se enfrentará a unos recargos de un 1% más otro 1% por cada mes de traso.

El plazo acaba el 30 de junio, por lo que en caso de presentarla en julio será de 1%, en caso de hacerlo en agosto (dos meses más tarde) de un 2%… y así sucesivamente. A partir del año de regreso, el recargo es del 15% más los interesados ​​de mora que se generen a partir de ese año.

En caso de declaración salga a pagar y Hacienda la que avise, la Agencia Tributaria envía un requerimiento y liquida una carta de pago con intereses de mora “desde el 30 de junio de 2023 al 4,06% interesado más expediente sancionador”según explicó a este diario Antonio Paredes, experto Tributario de Gestha al inicio de la campaña para efectuar la declaración.

Además, como indican desde Legálitas, Hacienda podrá solicitar una liquidación provisional con una sanción de entre 50% y 150% de lo dejado de pagar, además de devolver lo que no ha pagado antes.

Si hay alguna ocurrencia que Hacienda detecta que ha eludido la declaración para averiguar el pago, se le imputa a sí mismo como delito. En este caso, si el resultado de la declaración es superior a 120.000 euros el contribuyente se enfrenta a una pena de prisión de uno a cinco años y multa del tanto al séxtuplo de la cuantía defraudada, salvo que hubiera regularizado su situación tributaria

Por Claudia Nogueira